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Demanda civil, ¿Cuándo procede?

Demandar civilmente debe hacerse como último recurso

Toda acción judicial conlleva responsabilidad de la parte que lo promueve, por consiguiente el demandante puede ser condenado a pagar daños y perjuicios ocasionados por una demanda infundada que genere desmejora económica y moral al demandado.

Toda acción que hacemos en nuestra vida cotidiana está debidamente normada, está plasmada en un artículo de una Ley que manda, prohíbe o permite, y dependiendo de lo que regule así debe ser nuestra conducta. Cuando nuestra actuación se encamina a algo negativo, esa conducta afecta a una o más personas, esa afectación puede o no ser constitutiva de violación de norma jurídica y por consiguiente derechos de terceros.

Soy del criterio que una demanda sea cual sea, debe ser presentada como último recurso, es decir, agotar todas las otras salidas alternas que da nuestra legislación, el acto de conciliación, mediación en la PGR, y cualquier otra negociación tendiente a llegar a un arreglo extrajudicial. Cuando se agotan estas instancias previas y no se logra un avenimiento, entonces corresponde determinar qué tipo de acción es la que se va a iniciar.

Las acciones judiciales solo pueden comenzarse por medio de un abogado de la república, el que le asesorará y representará en todo el proceso, nadie puede representarse por sí solo en los procesos civiles, siempre debe de existir el apersonamiento de un o más profesionales.

La procedencia de la demanda es un aspecto a tomar en cuenta, si una acción se inicia solo por iniciarse, sin tener un fundamento legal, lo más seguro es que en algún momento el demandado te contrademande por daños y perjuicios ocasionados. Debes de asesorarte con un abogado especialista en la materia o con experiencia en esa rama del derecho para que te diga si es procedente demandar o no.

La demanda se inicia en la forma y con la documentación que la Ley pide; y esta es solo el vehículo que transporta a la pretensión y la prueba, la que el Juez valora y resuelve, una demanda sin pretensión es improponible.

Entonces, ¿Cuándo procede una demanda civil?, cuando ya tienes las pruebas necesarias para determinar que efectivamente se ha infringido una norma y que esa infracción, te causa un agravio.

Siempre, en los procesos se va hablar de agravio, un término jurídico que los abogados usamos para medir el perjuicio o daño causado a nuestro cliente; y dependiendo de ese agravio pedir que el Juez condene a la parte demandada a pagar, dar, hacer o no hacer algo.

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