viernes

Published junio 29, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

La poca expansión internacional de los despachos de abogados

¿La escasa internacionalización de nuestros despachos de abogados se debe a la capacidad de inversión? No, hay despachos que se han internacionalizado con un presupuesto inicial limitado, incluso sin tener clientes en el país de origen, donde han sabido crear demanda.¿Acompañar al cliente es lo mejor? Es lo fácil y a menudo lo inadecuado, porque suele implicar poner el futuro internacional del despacho en manos de lo que acontezca al cliente. No obstante, son legión los profesionales que comparten la creencia de que la mejor forma de internacionalizarse es acompañar al cliente. ¿Cuál es el mejor momento para que un despacho se plantee internacionalizarse? Cuando el mercado local todavía da de sí.
En la actual coyuntura económica, en la que cada vez más las empresas buscan diversificar su riesgo en varios países, ¿es imperativo que el despacho se internacionalice? No nos tenemos que internacionalizar "porque está de moda". Hay que ver si el despacho está preparado para la internacionalización, si podrá aportar al mercado algún hecho diferencial valorado.
Principales requisitos para internacionalizar un despacho
  • Espíritu emprendedor, creer más en uno mismo.
  • La especialización en un país o región económica.
  • La correcta gestión del miedo al cambio y al fracaso.
  • La ambición y la clarividencia estratégicas: crear una marca de confianza es clave.
  • La capacidad de crear demanda en el país de origen y en el de destino.
  • Saber generar sinergias y contactos adecuados, con otros despachos profesionales (abogados con arquitectos, por ejemplo) y con empresas de otros sectores, por ejemplo, el logístico, con potenciales clientes del despacho.
  • La alianza con un despacho local o formar parte de una red internacional no implica una real internacionalización. Hay que invertir recursos y tiempo: llegar a tener oficina en el país de destino puede ser la meta, pero mientras tanto tan importante como esto puede ser la capacidad de movilidad geográfica del profesional, el conocimiento global del país de destino (economía, legislación, idiosincrasia, cultura, lengua, etc.). Hay que perder el miedo a los kilómetros y las latitudes.
En los foros sobre internacionalización, se suelen argüir razones económicas o racionales para justificar la escasa apuesta internacional de los despachos: la falta de recursos económicos y de tiempo, los costes de oportunidad que conlleva, la pequeña dimensión de los despachos, la falta de una masa crítica o un proceso de recuperación de la inversión lento, la dificultad para crear demanda, etc.
¿Por qué, en cambio, hay despachos que a pesar de ser pequeños o medianos y de contar con una inversión limitada son capaces de internacionalizarse? La clave reside en su carácter, y, más concretamente, en la ambición, la clarividencia estratégica y la capacidad de gestionar el miedo al fracaso. El miedo es el principal motivo, no reconocido, que paraliza los deseos de internacionalización de nuestros despachos. El miedo es una cuestión psicológica y cultural. En nuestra cultura hay demasiada aversión al riesgo y miedo al fracaso. Por ello, la mayoría de profesionales se fija más en lo que puede perder que en lo que puede conseguir.
Lo esencial es invisible a los ojos. Tener miedo es inevitable. La clave es gestionarlo bien. Un despacho maduro sabe gestionar sus miedos. Es consciente de que la diferencia entre el éxito y el fracaso depende de la actitud. Saber gestionar el miedo nos permite pensar, desde la tranquilidad, en lo que queremos conseguir. Nos ayuda a tener clarividencia estratégica. Los despachos con miedo suelen ser miopes, se centran en el corto plazo, se dedican a "agarrar todo lo que nos llega" y no invierten en su marca, el seguro de vida empresarial. Por ansiedad, es decir, por miedo, buscan resultados a corto plazo. No invierten en crear mercados en los que puedan ser la referencia.
Sí, el verdadero motivo del cortoplacismo de los despachos profesionales es el miedo. El miedo paraliza a la mayoría y, a quien sabe gestionarlo, le ayuda a definir objetivos para ser una referencia en el mercado.
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jueves

Published junio 28, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

Circulo de Abogados Salvadoreños (CAS)


El Círculo de Abogados Salvadoreños "CAS", tiene la asociación de Abogados más antigua de El Salvador, habiéndosele concedido su personalidad jurídica mediante acuerdo 1084, publicado en el Diario Oficial número 118, tomo 187 de fecha 27 de junio de 1960.
La asociación pertenece a la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador "FEDAES", la cual, entre otras cosas regula y realiza los procesos eleccionarios de los Abogados en el libre ejercicio para la conformación de ternas para acceder al Consejo Nacional de la Judicatura; además para la elección por parte de todos los Abogados de la República, para la escogitación de un listado de 15 Abogados candidatos a Magistrados de la Honorable Corte Suprema de Justicia.
Actualmente cuenta con aproximadamente 800 miembros debidamente acreditados, todos Abogados de la República, lo cual la convierte en la Asociación de Abogados con mayor número de asociados en el País.
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Published junio 28, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

El miedo escénico del Abogado a venderse en persona


7 Preguntas:

  1. ¿El abogado es un vendedor?
  2. ¿Cuándo debe venderse?
  3. ¿Cómo lo aceptan los clientes, está bien visto?
  4. ¿Cuesta dinero venderse bien?
  5. ¿Qué acciones de venta debe ejercer el abogado de hoy en día?
  6. ¿Es un tiempo no remunerado?
  7. ¿Cómo recuperar estas horas no facturables?

7 Respuestas:

*       Todo abogado en el ejercicio de su trabajo es el propio vendedor  de sus servicios profesionales. Sus actos hablan de él, sus resultados hablan de él, su tono de voz habla de él, su vestimenta habla de él, con quién va, habla de él, su lenguaje habla de él, sus gestos comunican, y todo ello "vende". El abogado es un profesional con suerte: ¡él mismo ejerce la función de venta de sí mismo!
*       Por tanto, siempre se está vendiendo, y debe ser consciente de ello. Además, incluso cuando no está con clientes, debe hacerlo. Pues nunca se sabe quién lo está observando, quién lo puede recomendar.... o no....El abogado debe utilizar todos los acontecimientos a su alcance, en su vida profesional, para venderse.
*       Pongámonos en la piel de nuestros clientes, en su situación: como clientes querríamos saber con seguridad con quién tratamos nuestros temas y qué conocimientos tiene el profesional para ayudarnos en nuestros asuntos. Además, en el día a día, también los clientes de los abogados son vendedores, y no estoy hablando tan sólo de trabajo. Todos somos vendedores de nosotros mismos en cada relación de nuestra vida. Así que seguro que este modo de venderse del que estoy hablando aquí, seguro que incluso los clientes  lo aceptan.
*       Entonces, tal y como decía antes, si cada movimiento, momento, expresión, acontecimiento, encuentro, nos vende, no hay transacción monetaria; "es gratis". Para venderse bien hay que, simplemente, hacerlo bien. Por tanto, además de ser conscientes de que nos estamos vendiendo siempre, hay que reconocer que "debemos hacerlo". Ese esfuerzo de mejorar debe estar integrado en nuestro comportamiento.  Y por supuesto, saber qué quiere comprar nuestro cliente: ¿lo hemos analizado? ¿No? Entonces sí que tenemos que invertir en ello. Es imprescindible conocerlo, al igual que es importantísimo saber "vendernos de forma diferente a como lo hace nuestros competidores. ¿A que queremos ser únicos ante los ojos de los demás? Pues hay que diferenciarse y posicionarse: hay que enfocar bien.
*       Todas la acciones a poner en práctica siempre que se pueda:
  • Acudir a eventos organizados en el sector jurídico, para darse a conocer en persona. ¡Quién sabe quién nos puede recomendar!
  • Salir a la calle a captar clientes: seremos los mejores embajadores de nosotros mismos ante el cliente. Tener un buen plan de acción on-line (redes  sociales, blog, marketing de contenidos...) es muy importante, pero el face-to-face es, sin duda, el momento óptimo para ejercer la venta.
  • Apuntarse a networking: escoge la temática: puede ser un momento entre compañeros, entre otros colegiados, entre competencia, entre posibles clientes... Cada momento es distinto y la forma de venderse deberá de serlo. Hay que ser sincero  y honesto en las relaciones interpersonales, pero no lo explique todo en el primer contacto (y tal vez tampoco en el segundo o tercero...) ¿Tienes miedo escénico a que te vean en persona? Arréglalo de alguna manera: formación, coaching, asesoramiento externo... un sinfín de posibilidades.
*       El tiempo dedicado a venderse es un tiempo que a corto plazo no se remunera directamente, claro. No lo podemos facturar  por horas a un proyecto concreto. Es un intangible comercial, en el que invertimos para captar más y mejores clientes. Cada vez más nos tenemos que acostumbrar a esta forma de trabajar. El estar bien preparados para vendernos y el hacerlo, sin nada a cambio inmediatamente, es el pan de cada día competitivo. Y quien no lo haga... pierde comba.
*       Para recuperar esta inversión intangible comercial, debemos hacerlo bien, para así sacar a medio y largo plazo altas rentabilidades al esfuerzo realizado. Si nos vendemos bien, y lo hacemos mejor que la competencia, tendremos:
  • Más clientes
  • Más facturación
  • Más recomendadores que hablan bien de nosotros
  • Mejores casos, más atractivos
  • Más continuidad laboral
  • Mejores momentos personales y profesionales
  • Menos estrés
  • ¿Se te ocurren más ventajas?
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Published junio 28, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

¿Qué espera el cliente del abogado?


El conocimiento por parte del abogado de las expectativas que el cliente tiene sobre los servicios que éste va a recibir constituye un elemento imprescindible para prestar un servicio de calidad y obtener su fidelización. Ello es así, dado que cuando un cliente contrata nuestros servicios ya dispone de una idea preestablecida de lo que espera de nosotros, expectativa que en todo caso debemos igualar o superar a lo largo de nuestra intervención profesional, pues, en caso contrario, si la percepción que éste tiene al final de la prestación del servicio recibido es inferior a su nivel de expectativas, su insatisfacción estará garantizada.
Las expectativas de cada cliente son completamente diferentes, ya que en su creación han contribuido numerosos factores de muy diverso origen. Igualmente, no siempre la expectativa está completamente formada desde el principio (caso de aquellos clientes que nunca han recibido los servicios de un abogado), sino que se establece tras los primeros contactos. Finalmente, es posible que a medida que se interactúa con el cliente, las expectativas puedan ir variando. En todo caso, es esencial tener en consideración que el mejor escenario para el abogado y el cliente no es otro que el conformado por unas expectativas realistas, pues de lo contrario, la insatisfacción del cliente estará garantizada.
Por esta razón, es necesario que los abogados escuchemos con mucha atención a nuestros clientes y así podamos conocer cuáles son las expectativas al comienzo de la relación, para, en la medida de lo posible,contribuir a la correcta concreción de las mismas, evitando así que la relación profesional comience viciada a resultas de unas perspectivas alejadas de la realidad y de nuestra verdadera capacidad de respuesta.
Su nacimiento deriva de un proceso complejo en el que intervienen diversos factores.  A continuación vamos a destacar algunos de ellos para, a continuación, señalar aquellas acciones que nos pueden ayudar a influir sobre los mismos para establecer unas expectativas realistas.
  • Las referencias que otras personas hayan dado al cliente sobre nosotros o nuestro despacho: En estos casos, familiares y amigos del cliente suelen referir a éste nuestras virtudes profesionales, lo que indudablemente repercutirá en lo que éste espere de nosotros.
  • La publicidad de nuestra firma: Lo que transmitamos sobre nuestro despacho en los medios de publicidad (página web, newsletters, etc...) constituye un componente que contribuirá igualmente a la formación de las expectativas del cliente.
  • La imagen o marca de la firma: Con independencia del factor "publicidad" anteriormente citado, nuestra reputación en el mercado, materializado en nuestra marca, constituye un elemento esencial para conformar lo que espera de nosotros.
  • Experiencias previas del cliente con nuestro despacho: Evidentemente, si el cliente nos ha hecho encargos profesionales en otras ocasiones  y ha quedado satisfecho, es probable que ahora exija un nivel de calidad en la prestación del servicio similar. A esta misma conclusión podemos llegar si con anterioridad a nosotros recibió el servicio de otro despacho distinto al nuestro.
  • El servicio ofrecido: Las promesas de servicio que realice el abogado al comienzo de la relación al cliente serán claves para la formación de sus expectativas. Efectivamente, si tras los primeros contactos, establecemos unas líneas que definan los objetivos de la prestación de nuestros servicios, es obvio que el cliente esperé que el abogado cumpla con lo pactado.
Como hemos visto,  las expectativas derivan de un proceso mental en el que intervienen factores muy heterogéneos. No obstante, los abogadospodemos gestionar dichas expectativas a través de diversas accionesque nos ayudarán a comenzar a prestar nuestros servicios en un marco equilibrado en el que seamos conscientes de que disponemos de las capacidades necesarias para crear el valor que el cliente necesita satisfaciendo sus expectativas.
Entre estas acciones podemos destacar las siguientes:
  • En el supuesto de recomendaciones de amigos, familiares, etc... hemos de conocer cuál fue exactamente el caso que llevamos a quien nos ha recomendado, y así, matizar o precisar las características del servicio que prestamos y su relación con el que actualmente vamos a realizar.
  • Otro tanto de lo mismo hemos de decir respecto de aquellos casos que el cliente nos ha confiado anteriormente, pues posiblemente las diferencias entre ambos asuntos puedan conllevar diferencias en la prestación del servicio (en lugar de un socio ahora el servicio será prestado por un asociado, plazos, sistema de información, etc...).
  • La "educación al cliente" que realizamos cuando éste contrata nuestros servicios constituye la mejor herramienta para conformar unas expectativas justas y realistas, ya que en dicho momento podemos establecer unos límites verdaderamente objetivos del servicio a prestar frente a la subjetividad del servicio esperado por el cliente. Si en este momento no corregimos las desviaciones que observemos en el cliente, la insatisfacción está garantizada.  En este punto, llamamos la atención al hecho de que el abogado, a la vista del encargo, deberá actuar de manera objetiva, barajando las posibilidades de éxito del asunto y la mejor forma de alcanzarlo, conclusiones que permitirán al cliente decidir con libertad si le interesa encomendar en tales condiciones el asunto. La independencia es, por tanto, una garantía para la generación de unas expectativas razonables. Siguiendo esta línea de actuación, el interés subjetivo del cliente podrá identificarse o conciliarse con el interés objetivo atribuido por la ley que el abogado ha alcanzado a través de su análisis.
Por lo tanto, si una vez comenzada la relación profesional con el cliente esté tiene unas determinadas expectativas sobre nuestros servicios, y éstas no se confirman, no habremos aportado valor a la relación, lo que supondrá la insatisfacción del cliente con las consecuencias negativas que ello conlleva. En la medida en que esas expectativas sean realistas (contribuyendo los abogados a su fijación), las posibilidades de añadir valor a nuestro servicio serán mayores.
Para concluir, recordar que una de las acciones más importantes que el abogado debe llevar a cabo para la formación de unas expectativas realistas es familiarizar al cliente con los procedimientos y normas de trabajo del despacho. Este aspecto, ya tratado en nuestro post "Abogado, enseña a tu cliente", parte de que un correcto aprendizaje del cliente influirá en una mejor gestión del tiempo, una mayor productividad, y en la recíproca satisfacción de ambos. Por el contrario, su ausencia será fuente de equívocos y de inevitables insatisfacciones.
El fundamento de dicha necesidad, extrapolable a cualquier relación profesional, radica en que todo abogado ofrece un servicio determinado cuyas características, ab initio, solo las conoce el profesional, y que prestado con la necesaria calidad, le permitirá obtener la rentabilidad proyectada. Frente a dicha posición se encuentra el cliente, que demanda un servicio cuyas características normalmente desconoce, y para ello se pone en manos de aquel cuya pericia ya presume de antemano. Así, dependiendo de lo que ofrezcamos al comienzo de la relación contractual, nos veremos obligados en lo sucesivo a prestar dicho servicio, ya que el cliente siempre demandará la prestación en los términos ofertados y, cuando no podamos responder a su demanda, ...


Fuente: legaltoday.com
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miércoles

Published junio 27, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

Sala Constitucional ordena cumplir con fallos de inconstitucionalidad


Observatorio Judicial - La Sala de lo Constitucional declaró este lunes la inaplicabilidad, por inconstitucional, lo actuado por la Corte Centroamericana de Justicia. De esta forma ordena a la Asamblea Legislativa cumplir obligatoriamente con las sentencias dadas por dicha sala en cuanto a la elección de magistrados en 2006 y 2012. Lea acá comunicado de prensa de la CSJ.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró la noche de este lunes, inaplicable la resolución de la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ), la cual suspendía las sentencias de inconstitucionalidad emitidas por el máximo tribunal del país, sobre la elección de 2006 y 2012 de los magistrados del órgano judicial.




La decisión del tribunal constitucional se dio a conocer a través de la cuenta de Facebook de dicho órgano del Estado

“Sala declara inaplicable por inconstitucional lo actuado por la Corte Centroamericana de Justicia y ordena a la Asamblea Legislativa que cumpla las sentencias por ser obligatorias”, detalla la publicación de dicha entidad.

La semana anterior, la CCJ con sede en Managua, Nicaragua, había admitido el recurso interpuesto por la Asamblea Legislativa en contra de los fallos emitidos por la Sala de lo Constitucional, dejando así sin efecto  -temporalmente- las sentencias que rechazaban el nombramiento de magistrados en 2006 y 2012.

La demanda fue interpuesta por el presidente del primer órgano del estado, Sigfrido Reyes, quien se hizo acompañar por una comitiva de diputados, entre éstos, Guillermo Gallegos de GANA y Roberto Angulo de CN.

Esta nueva resolución, emitida la noche del lunes, por la Sala de lo Constitucional obliga a la Asamblea Legislativa a realizar una nueva elección de los titulares de las diferentes salas de la CSJ.

La admisión -el jueves anterior- de la demanda por parte de la corte regional generó reacciones de satisfacción, principalmente de los partidos FMLN, GANA, CN y PES, quienes apoyaron el acudir a las autoridades regionales para resolver la crisis institucional entre el judicial y el legislativo.

Con la demanda interpuesta ante dicho organismo regional, los diputados buscaban  buscan resolver la crisis institucional entre ambos órganos del Estado y mantener en sus cargos a los magistrados cuya elección según la CSJ violó la carta magna. 

En su planteamiento, el presidente legislativo pidió que, una vez se admitiese la demanda, se tomasen medidas cautelares con la mayor celeridad posible para evitar lo que el consideraba como un “caos” en el sistema judicial. Dichas medidas cautelares, dejaban sin efecto los fallos mientras se resolvía la demanda.
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Published junio 27, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

Sala declara inconstitucional la elección de Magistrados en los 2006 y 2012

Observatorio Judicial, martes 5 de junio del 2012.
La Sala de lo Constitucional, declaró la inconstitucionalidad de las elecciones de magistrados de la Corte Suprema de Justicia del año 2006 y 2012. La sala declaró que fue ilegal la elección que los diputados hicieron el 24 de abril de 2012 porque “una misma legislatura no está habilitada para elegir en más de una ocasión a magistrados de la CSJ”. La legislatura 2009-2012, que finalizó su período el 30 de abril, ya había escogido a cinco magistrados de la CSJ en 2009.
“Si una misma composición de la Asamblea designa magistrados de la CSJ al inicio y al final del período legislativo de tres años que le corresponde, implicaría que una legislatura se vea impedida de realizar sus competencias relacionadas con las elecciones de segundo grado”, concluyeron los magistrados de lo Constitucional.
La CSJ anuló, por tanto, la elección de Ovidio Bonilla, Elsy Dueñas, Doris Luz Rivas, Salomón Padilla y José Roberto Argueta Manzano como magistrados propietarios de la CSJ. Y también invalidó a los cinco magistrados suplentes designados por la Asamblea.
Los constitucionalistas le ordenan a la Asamblea Legislativa que realice una nueva elección y que seleccione a los nuevos magistrados del listado de candidatos que elaboró el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ).
A continuación compartimos comunicado de la Corte Suprema de Justicia:
La Sala Constitucional declaró, por unanimidad, inconstitucional la elección de Magistrados de la CSJ, realizadas por las legislaturas 2003-2006 y 2009-2012, por violar los artículos 186 inciso 2º, 83 y 85 de la Constitución; así como el traslado del Magistrado Belarmino Jaime a otra Sala, pues fue elegido para un período de 9 años en la Sala de lo Constitucional y goza de inamovilidad en su cargo.
En sus dos sentencias, advirtió que la elección de los Magistrados de la CSJ está vinculada de manera indirecta con el voto popular de los ciudadanos, quienes a través de elecciones periódicas confirman o revocan mandatos legislativos, y éstos deben reflejarse en la composición del Órgano Judicial y otras elecciones de segundo grado.
Las elecciones que se invalidan, impidieron a las legislaturas correspondientes ejercer sus competencias y que se les imposibilitó verificar que los candidatos cumplieran con los requisitos de moralidad y competencia notoria que ordena el artículo 176 de la Constitución, así como la renovación del pensamiento jurídico en la Corte, como lo ordena el artículo 186 inciso 3º.
Como efecto de las sentencias, dispuso que la Asamblea debe elegir nuevamente a los Magistrados propietarios y suplentes para el período de 9 años, que deberá comenzar el primero de julio 2012 y concluir en 2021; también a los Magistrados que deberán completar el período que vence el año 2015; y que el Magistrado Belarmino Jaime continúe integrando dicha Sala durante el resto de su período, que vence en 2018.
En relación a la declaratoria de inconstitucionalidad de la elección efectuada en 2006, la Sala dispuso que los Magistrados continuarán fungiendo hasta que la Asamblea haga una nueva elección cumpliendo con los requisitos de la Constitución, y que esta decisión no afectará a los actos y decisiones emitidas por tales Magistrados, durante el período en que desempeñaron sus cargos. Tampoco se verán afectadas las actuaciones que ellos emitan después de la fecha de la presente sentencia y hasta que sean sustituidos o nuevamente electos, si fuera el caso.
Para la elección de los Magistrados que deberán completar el período 2006-2015, la Asamblea deberá ceñirse a la misma lista de candidatos que el Consejo Nacional de la Judicatura le remitió en 2006, en el estado actual en que se encuentra.
En relación con las alegaciones de la Asamblea, la Sala aclaró que la autoridad demandada no puede decidir cuándo se dará por notificada; tambiénafirmó su competencia para conocer de los casos, a pesar de que los decretos controlados sean de elección de funcionarios, lo cual se ha sostenido en jurisprudencia reiterada desde hace 15 años.
Pese a habérsele requerido a la Asamblea, ésta no rindió el informe ordenado en la ley, ni remitió los decretos impugnados, ni los datos del Diario Oficial en el que aparecerían publicados. Sin embargo, se advierte que intervino en el proceso presentando escritos dilatorios, apartándose de los principios fundamentales del procedimiento, entre ellos la buena fe procesal.
La Sala aceptó la solicitud presentada por los Magistrados José Belarmino Jaime y José Néstor Mauricio Castaneda Soto, quienes decidieron abstenerse de conocer de los procesos y fueron sustituidos por las Magistradas Celina Escolán Suay y Sonia Dinora Barillas de Segovia, las que expresaron dentro del proceso, que sus actuaciones personales no suponen un riesgo al principio de imparcialidad que rige la actuación de los juzgadores frente a las partes o a la sociedad, desvirtuando así que ellas fueran Juez y parte.
El Fiscal General se pronunció a favor de la inconstitucionalidad de los decretos impugnados. También consideró que no era necesaria la publicación de los referidos Decretos en el Diario Oficial, por ser un formalismo; reconoció que la Sala tiene competencia para conocer y fallar sobre este tipo de casos, y solicitó la inconstitucionalidad del traslado o remoción del Presidente de la Sala hacia la CSJ.
La sentencia relativa a la elección de 2012 fue suscrita por los Magistrados Florentín Meléndez, Sidney Blanco, Rodolfo González, Celina Escolán Suay y Sonia Dinora Barillas de Segovia; y la relativa a la elección de 2006 fue suscrita por los Magistrados Belarmino Jaime, Florentín Meléndez, Sidney Blanco, Rodolfo González y Celina Escolán Suay.
Por su parte la Magistrada Sonia Dinora Barillas de Segovia expresó que “por haber concurrido con su voto a formar parte de la sentencia, 19-2012, no obstante estar en la lista de candidatos elegibles, no participaría del proceso de elección que se abra al efecto”.

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lunes

Published junio 25, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

Eviar mensajes de texto gratis a celulares desde la web

miércoles

Published junio 20, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

Canal 19, de programación infantil a canal de noticias

El único canal infantil que existía en El Salvador se convertirá a partir del próximo 15 de julio, en el primer canal noticioso de El Salvador. Autoridades del canal afirman que todo está listo para ofrecer a la población salvadoreña la mejor cobertura noticiosa del país.

Carlos Márquez, Director de Noticieros del Grupo Megavisión, detalló que el canal 19 se convertirá en el primer canal completamente informativo a nivel nacional, con un esquema periodístico, con el que esperan dar cobertura nacional durante las 24 horas del día.

Canal 19 cerró su programación aproximadamente a las 11 de la noche y en su perfil de facebook publicó el siguiente mensaje
 
 “NICK AMIGO CANAL 19 AGRADECE TU FIEL SINTONIA DURANTE ESTOS 14 AÑOS, Y GRACIAS POR HABERNOS PERMITIDO ENTRAR A TU HOGAR , SABEMOS QUE MUCHOS NIÑOS CRECIERON CON LA SINTONIA DE CANAL 19, PERO LLEGO LA HORA DE DESPEDIRNOS , HOY ES ULTIMO DIA QUE DISFRUTARAS DE NUESTRA PROGRAMACION , POR ESO NO DEBES PERDERTELA , DE ANTEMANO TAMBIÉN AGRADECER A TODAS LAS ESCUELAS , COLEGIOS , FEDERACIONES POR HABERNOS PERMITIDO LLEGAR Y COMPARTIR CON NUESTROS NICK AMIGOS”.

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lunes

Published junio 18, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

Cómo evitar que personas que no conoces te envien solicitudes de amistad en Facebook


Si estás recibiendo muchas solicitudes de amistad en Facebook y te preocupa tu privacidad ya que muchas veces podrían ser personas a las que no conocemos o que nunca nos hemos reunido con ellas y no quieres ser molestado con solicitudes de amistad de gente que no conoces, aquí tienes los pasos para configurara tu cuenta de Facebook y evitar esas solicitudes.
Para comenzar a configurar esta opción debes ir al menú superior de Facebook y entrar a la opción “Inicio” -> “Configuración de la privacidad”


En la página de “configuración de la privacidad” vas a encontrar una sección llamada “Cómo conectas” donde podrás controlar cómo te conectas con las personas que conoces, ahí presiona sobre “Editar la configuración”.


Al presionar en “Editar la configuración” podrás cambiar las opiones de quien puede enviarte solicitudes de amistad, aquí puedes elegir entre 2 opciones, “Todos” y “Amigos de amigos”, para evitar que personas desconocidas te soliciten amistad, elige “Amigos de amigos” así las probabilidades de conectar con gente conocida son mayores.


¿Quién puede buscar tu biografía por nombre o información de contacto?, ¿Quién puede enviarte mensajes de Facebook?, ¿Quién puede publicar en tu biografía? o ¿Quién puede ver las publicaciones de otros en tu biografía?.
Ahora con esta nueva configuración ya no recibirás solicitudes de amistad de personas desconocidas, solamente los amigos de tua amigos podrán solicitar ser tu amigo en Facebook, todas las demás personas solamente podrán suscribirse a tus actualizaciones públicas.


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jueves

Published junio 14, 2012 by Norio Reyes with 4 comments

Programa para calcular aranceles del CNR

Descarga este útil y práctico programa para calcular las tasas arancelarias del Centro Nacional de Registros en El Salvador.


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Published junio 14, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

LEPINA comentada versión digital Libro Primero.


Desde aqui puedes accesar a la versión digital del Libro Primero de LEPINA, gracias a www.cnj.gob.sv.

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Published junio 14, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

5 acciones comunes que nos pueden causas problemas judiciales.

Durante la rutina diaria hacemos cosas que nos pueden causar problemas judiciales, que en principio son comunes, pero que en algún momento pueden trascender a delito.

Por chambroso: Aunque parezca gracioso, usted puede tener problemas judiciales por andar calumniando a una o más personas, el proceso es penal, y se tramita en el Tribunal de Sentencia.

Por conducir un vehículo: Si usted tiene un accidente conduciendo un vehículo, en el cual resulte involucrados personas u objetos, de seguro que se enfrentará a un proceso judicial, ya sea por daños, lesiones y en el caso mas grave homicidio culposo.

Por andar de don Juan: Andar de novio puede conseguirte una paseo por las bartolinas de la PNC y hasta la cárcel, siempre que el novio/a sea un menor de edad, la ley penal es sumamente protectora de los menores.


Por andar armado: Todos podemos andar con arma siempre y cuando cumplamos con todos los requisitos que la Ley exige, Licencia de Uso, Matricula de Arma y/o autorización del dueño para portarla.

Por comprar objetos robados: Comprar un objeto de dudosa procedencia puede causarnos un proceso penal de receptación, mucho cuidado con lo que compras, existe un frase popular que dice: "lo barato a la larga, sale caro"

Hay que tener muy en cuenta alguna de ellas, así evitaremos un mal rato.

Comenta!!
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miércoles

Published junio 13, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

Enlaces y Publicidad


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martes

Published junio 12, 2012 by Norio Reyes with 0 comment

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Norio Reyes
Fundador y Único editor de éste Blog
Licenciado en Ciencias Jurídicas
Salvadoreño
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