Ir al contenido principal

Salario mínimo en El Salvador 2015



El nuevo salario mínimo en El Salvador 2015 estará vigente a partir del 1 de enero de este año y en él se reflejará un aumento del 4%, con respecto al anterior. Haciendo un poco de memoria recordaremos que en julio de 2013, el Consejo Nacional del Salario Mínimo acordó hacer un aumento del 12% al salario mínimo también conocido como sueldo mínimo de El Salvador, pero éste se realizaría en tres partes de 4% cada una, la primera de ellas sería en julio de 2013, la segunda en enero de 2014 y la última en enero de 2015.
La medida de hacer los aumentos en tres períodos fue propuesta por la empresa privada, alegando que las pequeñas y medianas empresas del país no podían absorver los costos de un solo aumento del 12%, debido a la crisis económica de esa época. De acuerdo a la ley, el salario mínimo en nuestro país debe revisarse cada tres años, para verificar la posibilidad de algún aumento, tomado en cuenta algunos factores como la inflación actual y otros aspectos económicos. En un estudio oficial realizado en el mes de octubre de 2014 se concluyó que el costo de la canasta básica en El Salvador es de $193.10 y de $139.06 para el área rural; tomando en cuenta los insumos mínimos para vivir. Otro aspecto a tomar en cuenta es que el salario varía según el área de trabajo, por lo que el salario mínimo en El Salvador 2015 queda de la siguiente manera:
  • Comercio y servicios: $251.70
  • Industria: $246.60
  • Maquila, textil y confección: $210.90
  • Corta de café: $129.00 Sector agrícola: $118.20 
  • Zafra de caña de azúcar: $109.20 
  • Cosecha de algodón: $98.70
 Para obtener el sueldo quincenal dividir entre quince, y para el sueldo diario dividir entre 30. Este aumento debe ser acatado por todas las empresas, de lo contrario aquellas que no cumplan con esta disposición podrían arriesgarse a ser multadas con sanciones económicas que van desde los $57.14 por cada violación al salario mínimo diario.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Las Sociedades de Personas en El Salvador

Hablemos de sociedades de personas Antes de comenzar hablar de las sociedades de personas, hay que entender que es una sociedad. Las sociedades son entes jurídicos, las cuales resultan de un contrato, entre dos o más personas, en donde prevalece la confianza entre los socios, esta confianza es la que los impulsa a comenzar una sociedad. Se constituyen, transforman, fusiona, modifican y liquidan en escritura pública. Pero, ¿cuándo dos personas, deciden que es momento de constituir una sociedad? Pues ese momento resulta cuando a una de las personas, no le es posible realizar la idea de negocio por sí sola; esto se puede deber a que no tiene los recursos necesarios para montar el negocio por sí sola o por que teniendo el recurso no tiene la idea que puede generar utilidades. En éste momento cuando dos o mas personas, se unen con el fin de establecer una sociedad, es cuando deben de acudir a un abogado conocedor de sociedades mercantiles a buscar asesoría legal, el

El Proceso de Formación de Ley

El proceso de formación de cualquier ley de la República, requiere del cumplimiento de una serie de requisitos, los cuales se encuentran establecidos en el artículo 133 y siguientes de la Constitución de la República y en el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL).  Se origina siempre con una moción o propuesta denominada “Iniciativa de Ley” , la cual debe ser conocida por el Pleno Legislativo, igual que cualquier pieza de correspondencia; de ahí se traslada a la comisión que se considere apropiada para el estudio y dictamen correspondiente, de donde vuelve al Pleno para su lectura, discusión y aprobación. Una vez aprobado, el decreto legislativo deberá trasladarse al Presidente de la República, para que complete el proceso con la sanción, promulgación y publicación de la ley, o en su caso para que detenga dicho proceso, vetando el decreto o devolviéndolo con observaciones. Las siguientes gráficas detallan los pasos que sigue una iniciativa de ley para convertir

¿Cómo se hace una Certificación Notarial?

La certificación es una razón puesta en una fotocopia, en la cual el notario manifiesta haber confrontado la copia y el original y que por tanto la copia es fiel y conforme al original; en otro sentido también podría decirse que el notario convierte esa copia en un documento original. El fundamento para plasmar ésta razón se encuentra en el artículo 30 de la Ley Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias. Este párrafo que se escribe en la fotocopia puede estar escrito de puño y letra, imprimirse en impresor de tinta o usar un formato en sello, no hay restricción en la forma o tamaño del párrafo. Ejemplo: El Suscrito Notario CERTIFICA que la presente fotocopia que consta de _______ (expresar número de folios) es fiel y conforme a su original, con la cual se confrontó y para los efectos del artículo treinta de la Ley Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, se extiende la presente en  _________(expresar lugar, solo se menciona Muni