Ir al contenido principal

Construye un despacho de abogados competitivo

Leyendo en la web de información legaltoday, encuentro un artículo muy interesante, el cual lleva como título "Despacho competitivo: todos desean tenerlo, pocos lo consiguen", la verdad que ha todos lo que nos hemos aventurado a emprender un negocio con un despacho de abogados, ya sea solo o con socios, se nos ha hecho muy difícil atraer clientes y generar ingresos.

Ahora no se diga de crear prestigio, eso es cosa muy aparte, todos los abogados sabremos hacer nuestro oficio, pero crear prestigio a nuestro alrededor, que nos reconozcan y nos recomienden es complicado.

En nuestro entorno existen muchos profesionales del derecho generando oferta, crean un ambiente competitivo en ocasiones difícil de mejorar, pero cuando empiezan a llegar las cuentas se van dando cuenta que la realidad es muy diferente a los planes y sueños que se previsto.

En éste artículo que cito al inicio se puede leer que hay muchas cosas que creemos que nos harán ser los mejores abogados, ejemplo si tenemos un nivel académico, y un nivel de experiencia muy alto, muchos dirán tengo todo para triunfar... pero ojo podemos tener muchos títulos, y gran trayectoria, pero si a nuestro despacho no entran clientes, si no hay casos que resolver... al final ésto es lo más importante, atraer clientes y luego por supuesto darles el mejor de los resultados para que nos recomienden.

El abogado tiene una dura tarea en la actualidad, ser profesional del derecho, abordar el tema de la publicidad que se hará de su persona o despacho, buscar fama positiva y crear prestigio; porque la oferta es amplia y los pocos abogados que logran ser conocidos, se llevan consigo a la mayor cantidad de clientes dejando unos pocos para los que comenzamos en ésta ardua labor de abogar en pro de nuestro cliente, logrando en el camino que la justicia prevalezca ante todo. 

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Las Sociedades de Personas en El Salvador

Hablemos de sociedades de personas Antes de comenzar hablar de las sociedades de personas, hay que entender que es una sociedad. Las sociedades son entes jurídicos, las cuales resultan de un contrato, entre dos o más personas, en donde prevalece la confianza entre los socios, esta confianza es la que los impulsa a comenzar una sociedad. Se constituyen, transforman, fusiona, modifican y liquidan en escritura pública. Pero, ¿cuándo dos personas, deciden que es momento de constituir una sociedad? Pues ese momento resulta cuando a una de las personas, no le es posible realizar la idea de negocio por sí sola; esto se puede deber a que no tiene los recursos necesarios para montar el negocio por sí sola o por que teniendo el recurso no tiene la idea que puede generar utilidades. En éste momento cuando dos o mas personas, se unen con el fin de establecer una sociedad, es cuando deben de acudir a un abogado conocedor de sociedades mercantiles a buscar asesoría legal, el

El Proceso de Formación de Ley

El proceso de formación de cualquier ley de la República, requiere del cumplimiento de una serie de requisitos, los cuales se encuentran establecidos en el artículo 133 y siguientes de la Constitución de la República y en el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL).  Se origina siempre con una moción o propuesta denominada “Iniciativa de Ley” , la cual debe ser conocida por el Pleno Legislativo, igual que cualquier pieza de correspondencia; de ahí se traslada a la comisión que se considere apropiada para el estudio y dictamen correspondiente, de donde vuelve al Pleno para su lectura, discusión y aprobación. Una vez aprobado, el decreto legislativo deberá trasladarse al Presidente de la República, para que complete el proceso con la sanción, promulgación y publicación de la ley, o en su caso para que detenga dicho proceso, vetando el decreto o devolviéndolo con observaciones. Las siguientes gráficas detallan los pasos que sigue una iniciativa de ley para convertir

¿Cómo se hace una Certificación Notarial?

La certificación es una razón puesta en una fotocopia, en la cual el notario manifiesta haber confrontado la copia y el original y que por tanto la copia es fiel y conforme al original; en otro sentido también podría decirse que el notario convierte esa copia en un documento original. El fundamento para plasmar ésta razón se encuentra en el artículo 30 de la Ley Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias. Este párrafo que se escribe en la fotocopia puede estar escrito de puño y letra, imprimirse en impresor de tinta o usar un formato en sello, no hay restricción en la forma o tamaño del párrafo. Ejemplo: El Suscrito Notario CERTIFICA que la presente fotocopia que consta de _______ (expresar número de folios) es fiel y conforme a su original, con la cual se confrontó y para los efectos del artículo treinta de la Ley Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, se extiende la presente en  _________(expresar lugar, solo se menciona Muni