El proceso de formación de cualquier ley de la República, requiere del cumplimiento de una serie de requisitos, los cuales se encuentran establecidos en el artículo 133 y siguientes de la Constitución de la República y en el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL). Se origina siempre con una moción o propuesta denominada “Iniciativa de Ley” , la cual debe ser conocida por el Pleno Legislativo, igual que cualquier pieza de correspondencia; de ahí se traslada a la comisión que se considere apropiada para el estudio y dictamen correspondiente, de donde vuelve al Pleno para su lectura, discusión y aprobación. Una vez aprobado, el decreto legislativo deberá trasladarse al Presidente de la República, para que complete el proceso con la sanción, promulgación y publicación de la ley, o en su caso para que detenga dicho proceso, vetando el decreto o devolviéndolo con observaciones. Las siguientes gráficas detallan los pasos que sigue una iniciativa de ley para convertir
www.norioreyes.net | Derecho Salvadoreño, Derecho Mercantil,Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Penal.
Comentarios
Publicar un comentario
Déjate escuchar, haz un comentario!